- 29/06/2024
- éxitos judiciales
NULIDAD DE JUNTA EXTRAORDINARIA POR MALA FE Y VULNERACION DERECHOS DE LOS PROPIETARIOS

La Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Sueca, de fecha 10 de abril de 2024, estima la demanda presentada por un propietario y deja sin efecto y anula una Junta Extraordinaria celebrada el 28 de agosto de 2023 por infringir la LPH en cuanto a la citación personal de los comuneros convocados. Previamente estimó mediante Auto la solicitud de medida cautelar interesando la suspensión del acuerdo alcanzado.
Un propietario confió en este despacho profesional la impugnación de un Junta de Propietarios que pretendía la destitución del actual Secretario-Administrador. Para conseguir tal fin la Presidenta de la Comunidad convocó una Junta Extraordinaria a celebrar en un plazo de 24 h y cuyo conocimiento previo solo alcanzó a aquellos propietarios que la misma sabía que contaba con su apoyo, el cual era minoritario en comparación a los restantes comuneros. Para ello convocó y celebró una Junta en la cual, con el voto de sus afines, destituyó al actual Administrador. Indicar que en anteriores Juntas ya había intentado tal cometido no alcanzando la mayoría de votos necesarios, de ahí la argucia y mala fe en la convocatoria de la Junta.
La vulneración del derecho de información del propietario así como de las formalidades que impone la LPH en la convocatoria de las Juntas de la Comunidades de Propietarios y conocimiento del contenido de las mismas, lugar y fecha de su celebración, puede comportar de lleno la nulidad de las mismas.
Si cree que su derecho de información ha sido vulnerado y se ha alcanzado un acuerdo que le resulta perjudicial a usted o a su Comunidad de Propietarios, no dude en ponerse en contacto conmigo. Soy Joan Roig Peyró, abogado colegiado y con más de 25 años de experiencia.